Acomodos Razonables en Nuestra Institución
3 de febrero de 2012
Estimados padres, madres y encargados
Sistema de Colegios Dominicos
Bayamón, Puerto Rico
Reciban un Cordial Saludo.
Es política del Sistema de Colegios Dominicos de Puerto Rico no discriminar contra estudiantes por razón de incapacidad o impedimento. Por tal razón, hemos creado este documento que servirá para que usted esté orientado e informado sobre los “Acomodos Razonables” que se ofrecen en nuestra institución y cómo su prole puede disfrutar de los mismos.
La academia o colegio ofrecerá, conforme a lo estipulado por ley estatal y federal, los acomodos razonables dentro de los parámetros legales aplicables y los recursos disponibles. Dichos acomodos estarán disponibles, siempre y cuando no impliquen un cambio en la filosofía, capacidad del programa educativo y naturaleza del programa educativo o que constituya una carga financiera y administrativa no sostenible para el Sistema.
Para poder brindar igualdad de servicios y oportunidades a los estudiantes con impedimento el Colegio es responsable de:
1. Garantizar accesibilidad, integración e inclusión de los estudiantes con impedimentos a los cursos, servicios, actividades e instalaciones, sujeto a lo anterior.
2. Proveer acomodo razonable, cuando el mismo sea solicitado y evidenciado mediante certificación reciente. Sujeto a las limitaciones antes indicadas.
3. Mantener la confidencialidad de los expedientes de los estudiantes con impedimentos.
Sin embargo, es importante que usted conozca que nuestra institución no ofrece servicios para la enseñanza de estudiantes del programa de educación especial ya que no cuenta con el equipo, el personal ni las licencias apropiadas para dicho tipo de educación.
Incluyo a este comunicado un documento que incluye algunas preguntas frecuentes sobre los “Acomodos Razonables”. Espero que el mismo le sea de beneficio. Quedo a su disposición. Cualquier pregunta no dude en comunicarse al 787-785-1195.
Cordialmente,
Francine Sánchez Marcano, B.S.W.
Trabajadora Social, Lic. 17155
PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE
LOS “ACOMODOS RAZONABLES” QUE SE OFRECEN EN NUESTRA INSTITUCIÓN
¿Qué es una persona con impedimento?
De acuerdo con la “American with Disabilities Act” (ADA) una persona con impedimento es aquella que tiene una condición física o mental que lo limita sustancialmente en una o más de las actividades mayores o principales de la vida.
¿Qué es “Acomodo Razonable”?
El Acomodo Razonable es una modificación o ajuste al ambiente, horarios, exámenes, arreglos en la jornada de trabajo, etc. De una persona con impedimento. Le permite a la persona con impedimentos participar en un plano de igualdad con los demás.
¿Qué leyes se relacionan al Acomodo Razonable?
Cualquier modificación o ajuste que le permita al estudiante con impedimento disfrutar de igualdad de condiciones para poder lograr un mejor aprovechamiento académico, participar de programas y beneficios y disfrutar de la vida académica.
Todo acomodo de índole académico se circunscribe a los contenidos académicos. Todo estudiante con impedimento debe cumplir estrictamente con cada uno de los prerrequisitos, requisitos de cursos y requisitos de graduación, y de los procesos y políticas vigentes en el Reglamento de Estudiante. Sin embargo, podrán existir circunstancias que ameriten alguna modificación al proceso de aprendizaje y evaluación. La solicitud de tales acomodos será recomendada siempre y cuando la misma no represente un cambio sustancial a los requisitos establecidos en los currículos y filosofía institucional.
¿Acomodo Razonable, Derecho o Privilegio?
El recibir acomodo razonable no es otorgar privilegios especiales, es un derecho de toda persona cualificada con impedimento. El Sistema de Colegios Dominicos no está obligado a proveer acomodos que representen una carga onerosa. Tampoco está obligada a proveer equipo de uso personal. La Institución no está obligada y/o capacitada para ofrecer todo tipo de acomodo razonable solicitado por el estudiantado o su tutor o tutora legal. Sin embargo, puede ofrecer otros acomodos que tengan un efecto equivalente siempre y cuando no impliquen un cambio en la filosofía, capacidad del programa educativo y naturaleza del programa educativo o que constituya una carga financiera y administrativa no sostenible para el Sistema.
a ofrecer el acomodo razonable que el estudiante solicita, puede ofrecer otros acomodos que tengan un efecto equivalente.
¿Qué significa carga onerosa?
Significa una acción que requiere un gasto significativo, cuando se considera a la luz de:
Todo estudiante es responsable de cumplir con la Norma de Progreso Académico Satisfactorio para completar los cursosasignados para el grado que estudia segúndefinido en el Reglamento de estudiantes y en losprontuarios correspondientes.
Normas para solicitar Acomodos razonables:
Documentación
Toda solicitud de acomodo razonable deberá estar acompañada de documentos que la sustenten. Dichos documentos deben incluir el diagnóstico y recomendaciones para el acomodo razonable, entre otros. Estará a la discreción de la Oficina de Trabajo Social determinar el tipo de documentación profesional y específica necesaria para atender cada solicitud, por lo que se le requerirá en ocasiones al tutor un relevo de autorización para tener acceso a expedientes y récord médicos según sea necesario.
El diagnostico médico es requerido, ya que provee información sobre las dificultades y fortalezas del estudiante y permite que se tomen decisiones fundamentadas para una implementación efectiva de los acomodo razonable necesarios según sea el caso. Estos informes diagnósticos deben estar preparados por un profesional competente e incluir:
¿Cuál es la función de la Trabajadora Social en cuanto a los “Acomodos Razonables?
La Trabajadora Social sirve como enlace entre los y las estudiantes con impedimentos, su tutor legal y la comunidad escolar en general.
Entre sus funciones están:
¿Qué se debe hacer el estudiante o el tutor legal de no recibir los acomodos razonables?
Inmediatamente que se le violente uno de los “Acomodos Razonables” el o la estudiante o su tutor legal deben informarlo a la Oficina de Trabajo Social y llenar el formulario de incumplimientos de Acomodos Razonables.
Estimados padres, madres y encargados
Sistema de Colegios Dominicos
Bayamón, Puerto Rico
Reciban un Cordial Saludo.
Es política del Sistema de Colegios Dominicos de Puerto Rico no discriminar contra estudiantes por razón de incapacidad o impedimento. Por tal razón, hemos creado este documento que servirá para que usted esté orientado e informado sobre los “Acomodos Razonables” que se ofrecen en nuestra institución y cómo su prole puede disfrutar de los mismos.
La academia o colegio ofrecerá, conforme a lo estipulado por ley estatal y federal, los acomodos razonables dentro de los parámetros legales aplicables y los recursos disponibles. Dichos acomodos estarán disponibles, siempre y cuando no impliquen un cambio en la filosofía, capacidad del programa educativo y naturaleza del programa educativo o que constituya una carga financiera y administrativa no sostenible para el Sistema.
Para poder brindar igualdad de servicios y oportunidades a los estudiantes con impedimento el Colegio es responsable de:
1. Garantizar accesibilidad, integración e inclusión de los estudiantes con impedimentos a los cursos, servicios, actividades e instalaciones, sujeto a lo anterior.
2. Proveer acomodo razonable, cuando el mismo sea solicitado y evidenciado mediante certificación reciente. Sujeto a las limitaciones antes indicadas.
3. Mantener la confidencialidad de los expedientes de los estudiantes con impedimentos.
Sin embargo, es importante que usted conozca que nuestra institución no ofrece servicios para la enseñanza de estudiantes del programa de educación especial ya que no cuenta con el equipo, el personal ni las licencias apropiadas para dicho tipo de educación.
Incluyo a este comunicado un documento que incluye algunas preguntas frecuentes sobre los “Acomodos Razonables”. Espero que el mismo le sea de beneficio. Quedo a su disposición. Cualquier pregunta no dude en comunicarse al 787-785-1195.
Cordialmente,
Francine Sánchez Marcano, B.S.W.
Trabajadora Social, Lic. 17155
PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE
LOS “ACOMODOS RAZONABLES” QUE SE OFRECEN EN NUESTRA INSTITUCIÓN
¿Qué es una persona con impedimento?
De acuerdo con la “American with Disabilities Act” (ADA) una persona con impedimento es aquella que tiene una condición física o mental que lo limita sustancialmente en una o más de las actividades mayores o principales de la vida.
¿Qué es “Acomodo Razonable”?
El Acomodo Razonable es una modificación o ajuste al ambiente, horarios, exámenes, arreglos en la jornada de trabajo, etc. De una persona con impedimento. Le permite a la persona con impedimentos participar en un plano de igualdad con los demás.
¿Qué leyes se relacionan al Acomodo Razonable?
- La Ley IDEA es el acta para la ecuación de personas con Impedimentos. A través de esta ley se puede acceder a la evaluación de la persona y proporcionar servicios de educación especial a aquellos que son elegibles. Es importante señalar que el Sistema de Colegios Dominicos no ofrece servicios de educación especial sino “Acomodos razonables”. . Si interesa recibir servicio de ecuación especial deberá referirse a otra institución educativa que ofrezca estos servicios.
- Ley 51- Ley de Servicios Educativos Integrales para las personas con impedimentos. Esta ley estipula lo mismo que la Ley IDEA pero esta es a nivel estatal.
Cualquier modificación o ajuste que le permita al estudiante con impedimento disfrutar de igualdad de condiciones para poder lograr un mejor aprovechamiento académico, participar de programas y beneficios y disfrutar de la vida académica.
Todo acomodo de índole académico se circunscribe a los contenidos académicos. Todo estudiante con impedimento debe cumplir estrictamente con cada uno de los prerrequisitos, requisitos de cursos y requisitos de graduación, y de los procesos y políticas vigentes en el Reglamento de Estudiante. Sin embargo, podrán existir circunstancias que ameriten alguna modificación al proceso de aprendizaje y evaluación. La solicitud de tales acomodos será recomendada siempre y cuando la misma no represente un cambio sustancial a los requisitos establecidos en los currículos y filosofía institucional.
¿Acomodo Razonable, Derecho o Privilegio?
El recibir acomodo razonable no es otorgar privilegios especiales, es un derecho de toda persona cualificada con impedimento. El Sistema de Colegios Dominicos no está obligado a proveer acomodos que representen una carga onerosa. Tampoco está obligada a proveer equipo de uso personal. La Institución no está obligada y/o capacitada para ofrecer todo tipo de acomodo razonable solicitado por el estudiantado o su tutor o tutora legal. Sin embargo, puede ofrecer otros acomodos que tengan un efecto equivalente siempre y cuando no impliquen un cambio en la filosofía, capacidad del programa educativo y naturaleza del programa educativo o que constituya una carga financiera y administrativa no sostenible para el Sistema.
a ofrecer el acomodo razonable que el estudiante solicita, puede ofrecer otros acomodos que tengan un efecto equivalente.
¿Qué significa carga onerosa?
Significa una acción que requiere un gasto significativo, cuando se considera a la luz de:
- Naturaleza y costo del acomodo.
- El capital económico de la entidad.
- La naturaleza de su geografía.
- Si hay implicaciones de seguridad.
- Capacitación de personal
- Licencias y/o permisos.
Todo estudiante es responsable de cumplir con la Norma de Progreso Académico Satisfactorio para completar los cursosasignados para el grado que estudia segúndefinido en el Reglamento de estudiantes y en losprontuarios correspondientes.
Normas para solicitar Acomodos razonables:
- El tutor legal del estudiante debe llamar a la Oficina de Trabajo Social al (787)785-1195 ext. 232 y solicitar una cita.
- Los “Acomodos Razonables” se trabajarán a partir de la fecha en que se complete la solicitud.
- Deberá presentar evidencia médica reciente (no mayor de un año)que incluya: diagnóstico de su impedimento, descripción del nivel de funcionamiento y las necesidades de acomodo. Las evaluaciones psicológicas o siquiátricas no deben ser de más de seis meses. Dicho documento deberá incluir nombre, dirección, número de licencia profesional y número de teléfono del profesional calificado (médicos, psicólogos y psiquiatras) que certifique su impedimento. Toda información debe ser legible y con el membrete profesional.
- La solicitud debe presentarse personalmente. Al momento de solicitarlo deberá entregar toda la documentación solicitada. Además, recibir orientación sobre los deberes y beneficios tanto del el o la estudiante y de su tutor legal. La institución analizará la solicitud de acomodos razonables y evaluará cuáles acomodos puede ofrecer al estudiante, sujeto a las limitaciones antes indicadas.
- Una vez que la solicitud se evaluada se citará a la persona quien es tutor de el o la estudiante para que firme el documento que contendrá los “Acomodos Razonables” ofrecidos al estudiante. Después se hará una reunión con el personal docente y se le explicará el diagnostico y acuerdos convenidos.
- Al comienzo de cada año el tutor o la tutora legal es responsable de solicitar los servicios de acomodo razonable y completar con la documentación vigente requerida para que la Trabajadora Social coordine los mismos.
Documentación
Toda solicitud de acomodo razonable deberá estar acompañada de documentos que la sustenten. Dichos documentos deben incluir el diagnóstico y recomendaciones para el acomodo razonable, entre otros. Estará a la discreción de la Oficina de Trabajo Social determinar el tipo de documentación profesional y específica necesaria para atender cada solicitud, por lo que se le requerirá en ocasiones al tutor un relevo de autorización para tener acceso a expedientes y récord médicos según sea necesario.
El diagnostico médico es requerido, ya que provee información sobre las dificultades y fortalezas del estudiante y permite que se tomen decisiones fundamentadas para una implementación efectiva de los acomodo razonable necesarios según sea el caso. Estos informes diagnósticos deben estar preparados por un profesional competente e incluir:
- El diagnóstico. Este habrá de ser establecido por un médico y/o entidad competente y debe detallar las limitaciones específicas de la condición.
- La recomendación de los acomodos razonables a realizar.
- De requerir alguna información adicional necesaria, la Oficina de Trabajo Social podrá solicitarlo.
¿Cuál es la función de la Trabajadora Social en cuanto a los “Acomodos Razonables?
La Trabajadora Social sirve como enlace entre los y las estudiantes con impedimentos, su tutor legal y la comunidad escolar en general.
Entre sus funciones están:
- Promover que los estudiantes soliciten acomodo razonable lo antes posible.
- Recibir y evaluar la documentación médica.
- Garantizar la confidencialidad.
- Determinar la elegibilidad.
- Determinar el acomodo apropiado.
- Asegurarse de que el estudiante recibe el acomodo recomendado.
- Orientar a la facultad.
- Atender cualquier querella relacionada al servicio de acomodo razonable.
¿Qué se debe hacer el estudiante o el tutor legal de no recibir los acomodos razonables?
Inmediatamente que se le violente uno de los “Acomodos Razonables” el o la estudiante o su tutor legal deben informarlo a la Oficina de Trabajo Social y llenar el formulario de incumplimientos de Acomodos Razonables.